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¿Cuáles son los derechos del inquilino en precario?

Los inquilinos precarios, en el ámbito del derecho, se definen como aquellos que ocupan un bien inmueble con permiso del propietario, pero sin contar con un contrato que regule dicha posesión. Este término engloba situaciones en las que el ocupante no paga renta ni dispone de un título legal que justifique su permanencia en el inmueble.

Aunque esta figura es más comúnmente asociada a ocupaciones irregulares, también se aplica a situaciones familiares o de favor donde no hay un contrato formal. Ahora bien, llegado el momento en el que el propietario necesita el inmueble. ¿Tiene el inquilino precario algún derecho? En este artículo daremos respuesta.

Contrato precario

¿Qué es un contrato por precario?

Es un término que se refiere al hecho de que una persona pueda acceder a una propiedad con permiso del dueño, pero sin tener algún derecho de propiedad sobre el inmueble. Es decir, sin la existencia de un contrato que avale la permanencia en el mismo, aunque con un consentimiento explícito de uso por un tiempo determinado.

Ciertamente, existe un acuerdo entre las partes y hay una gratuidad en el uso del mismo. Sin embargo, no hay ningún tipo de documento que pruebe la relación entre las partes, de ahí que sea considerado un arrendamiento “precario”.

¿El comodato precario y la cesión en precario son iguales?

El comodato precario es un subtipo del contrato de comodato. Básicamente, es un acuerdo, donde una de las partes (comodante) cede gratuitamente un bien a otra (comodatario), sin establecer un plazo definido para la devolución.

Ahora bien, en el contexto del precario, esta cesión se realiza sin garantías legales ni derechos a favor del comodatario, quien debe devolver el bien cuando el comodante lo solicite.

Por otro lado, la cesión en precario hace referencia a la entrega de un bien para su uso temporal y gratuito, pero sin generar obligaciones específicas para el cesionario. Este tipo de cesión es muy común en situaciones donde un inquilino que si alquiló el inmueble cede la propiedad temporalmente a otra persona sin ningún tipo de obligación más que la del correcto uso del inmueble.

Derechos del inquilino en precario: ¿Existen?

Legalmente, el inquilino en precario no tiene derechos equiparables a los de un arrendatario con contrato. Pues al no existir un acuerdo legal que regule la relación entre el propietario y el ocupante precario, el primero puede exigir la devolución del inmueble en cualquier momento.

Por tanto, el ocupante no tiene derecho a permanecer en el inmueble una vez solicitado por el propietario, y debe ser desalojado a través del desahucio por precario sin derecho a indemnización por abandonar el inmueble. Claro está, en un eventual juicio, el ocupante precario tendrá derecho a ser escuchado y a una defensa digna si se cumplen algunas condiciones.

¿Qué ocurre si el precario alega vulnerabilidad económica?

En los últimos años, la legislación española ha introducido medidas orientadas a la protección de las personas en situación de vulnerabilidad económica, en especial, cuando se trata del derecho a la vivienda. Esto podría incluir a los ocupantes en precario, quienes serían acreedores de la suspensión de desahucios si son considerados débiles económicos.

Pues la Ley de Suspensión de Desahucios, recientemente extendida hasta finales del 2025, permite que los ocupantes en situación de vulnerabilidad soliciten un aplazamiento del desalojo. Claro, bajo algunas condiciones que ya explicamos cuando hablamos de la suspensión de desahucio y cómo afecta a los propietarios.

Ahora bien, si el precario cumple con estas condiciones, el desalojo podría retrasarse, otorgándole tiempo para buscar soluciones habitacionales o recibir ayuda de los servicios sociales. Por supuesto, es importante destacar que esta suspensión, en caso de ser otorgada, no anula el derecho del propietario de desalojar al precario, pero sí que equilibra los intereses de ambas partes.

¿Qué ocurre si el precario tiene hijos?

Además de la vulnerabilidad económica, la situación de un inquilino en precario puede cambiar si tiene hijos a su cargo. Pues la legislación en estos casos tiende a otorgar una mayor protección al ocupante, en especial si existe riesgo de desamparo para los menores.

En estos casos los jueces suelen considerar el interés superior del menor como un factor determinante a la hora de evaluar un desalojo. Esto implica que:

El desalojo se aplazaría si se demuestra que está en riesgo la estabilidad de los menores a la par que los servicios sociales intervendrían para garantizar una solución habitacional. Es por eso que, en estos casos, los jueces evalúan con detenimiento la situación de la familia antes de emitir una orden, en especial si se trata de un desalojo con niños.

Y si además le agregamos que la presencia de menores de edad en el núcleo familiar es uno de los requisitos para ser acogido por la ley de suspensión de desahucio, tenemos como resultado, un derecho extra para el inquilino en precario, al menos el de paralizar el desalojo hasta que su situación mejore.

¿Y el propietario qué puede hacer al respecto?

Ante la ocupación en precario y la negativa de abandonar la propiedad, los propietarios pueden recuperar su vivienda a través del juicio de desahucio por precario. Ahora bien, este tipo de procedimiento es largo y engorroso, sin mencionar todo el dinero que cuesta.

Por esa razón, siempre es recomendable contar con los servicios de una empresa desokupa, pues ellos, con todo el profesionalismo que los caracteriza, están perfectamente capacitados para abordar la situación y ofrecerte soluciones rápidas y efectivas a un menor costo.

En resumen, ¿tiene derechos el inquilino en precario?

En pocas palabras, no, el inquilino no cuenta con derechos sobre la propiedad o frente a las pretensiones del propietario, al menos jurídicamente hablando. No obstante, la situación cambia cuando dicho inquilino se encuentra en una situación de vulnerabilidad económica, pues en este caso, es acogido por la ley de suspensión de desahucio.

Ahora bien, que esté protegido por esta normativa no implica que tenga derechos permanentes sobre la propiedad. El único fin de la misma es suspender el desalojo hasta que la situación económica mejore o se encuentre alguna solución habitacional.

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